¿Tu deuda ya prescribió?
Elige qué deuda es y desde cuándo se debe. Te mostramos cuándo prescribe según la ley chilena, una fecha conservadora para no arriesgarte y lo que puede cambiar el cálculo, como un pago o una demanda.
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Aviso legal. Contenido informativo: no constituye asesoría legal hasta que uno de nuestros abogados revise tu caso en particular.
¿Tu deuda ya prescribió?
Cómo se hace valer
Hay que alegarla. El juez no puede declararla por su cuenta, salvo que deniegue un cobro ejecutivo ya prescrito. Art. 2493 CC · art. 442 CPC
Si te demandan, se opone como excepción en el juicio, dentro del plazo para defenderte. Art. 464 N°17 CPC
Si nadie te ha demandado, puedes pedir al tribunal que la declare. Es lo que se hace con los permisos de circulación impagos, porque sin eso la municipalidad no renueva el permiso. Art. 16 DL 3.063
Cada deuda y cada año se cuentan por separado, y un pago o un convenio antes de que se cumpla el plazo lo hace partir de nuevo. Arts. 2518 y 2523 CC
¿Lo revisamos contigo?
Tramitamos la declaración de prescripción, por ejemplo de permisos de circulación impagos, y revisamos si tu deuda ya prescribió.
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