¿Tu empresa está lista para la nueva ley de datos personales?
La Ley 21.719 rige desde el 1 de diciembre de 2026 y aplica también a las PYMES. En 5 minutos ves qué te falta, y te mandamos por correo un informe con cada punto pendiente.
- Tu política de datos y el canal para atender a las personas
- El consentimiento para publicidad, las cookies y los proveedores
- La seguridad y qué hacer ante una filtración
Aviso legal. Contenido informativo: no constituye asesoría legal hasta que uno de nuestros abogados revise tu caso en particular.
Lo que conviene saber
Desde cuándo. La ley rige desde el 1 de diciembre de 2026. Art. primero transitorio Ley 21.719
A quién aplica. A toda empresa que trate datos de personas, sin importar su tamaño. Las PYMES tendrán estándares diferenciados que fijará la Agencia. Art. 14 septies
Qué arriesgas. Multas de hasta 5.000, 10.000 o 20.000 UTM según la gravedad. Durante los primeros 12 meses de vigencia, la Agencia puede sancionar a una empresa de menor tamaño con una amonestación por escrito en lugar de una multa. Art. 35 y art. sexto transitorio Ley 21.719
¿Lo revisamos contigo?
¿Necesitas armar la política, los consentimientos o los contratos con proveedores? Lo hacemos contigo.
Recibe tu informe por correo
Te mandamos el informe con cada punto pendiente y cómo resolverlo, más un resumen de lo que exige la ley.
Listo, va en camino
En unos minutos te llega a . Si no lo ves, revisa la carpeta de promociones o de spam.
Aviso legal. Contenido informativo: no constituye asesoría legal hasta que uno de nuestros abogados revise tu caso en particular.