El 1 de agosto de 2024 entró en vigor la Ley 21.643, conocida como Ley Karin, en honor a Karin Salgado, funcionaria del Hospital Herminda Martín de Chillán que se quitó la vida tras sufrir acoso laboral. La ley modifica el Código del Trabajo y el Estatuto Administrativo, imponiendo obligaciones concretas a todas las empresas del país — sin importar su tamaño.

🚨 Si tu empresa no cumple con la Ley Karin, está expuesta a multas de la Inspección del Trabajo y a demandas por tutela laboral. No es una recomendación: es una obligación legal vigente.

¿Qué prohíbe y qué exige la ley?

La Ley Karin amplía y refuerza la prohibición del acoso laboral (mobbing), incorpora expresamente el acoso sexual y la violencia en el trabajo como conductas sancionables, y obliga a los empleadores a actuar de forma activa — no solo reactiva.

Las tres grandes conductas que regula son:

Las 5 obligaciones clave para empleadores

1. Protocolo de prevención

Toda empresa debe contar con un protocolo escrito de prevención del acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo. Debe elaborarse con participación de los trabajadores y, si existe, del sindicato. No basta con tenerlo archivado: debe difundirse activamente.

2. Canal de denuncia

Se debe habilitar un canal formal para recibir denuncias, que garantice confidencialidad y que no exponga al denunciante a represalias. Puede ser interno (RRHH, un encargado designado) o externo (a través de un tercero independiente).

3. Procedimiento de investigación

Al recibir una denuncia, el empleador debe iniciar una investigación interna en un plazo de 3 días hábiles. La investigación debe concluir en 30 días y puede derivarse a la Inspección del Trabajo si el empleador lo estima conveniente o si el denunciante lo solicita.

4. Medidas de resguardo inmediatas

Desde el momento de la denuncia, el empleador debe adoptar medidas cautelares para proteger al denunciante: separación de espacios físicos, redistribución de jornada, u otras según el caso. No esperar al resultado de la investigación.

5. Actualización del Reglamento Interno

El Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad debe ser actualizado para incorporar el protocolo de prevención, el canal de denuncia y el procedimiento de investigación.

¿Cuántos trabajadores necesito tener? La ley aplica a todas las empresas, independiente del número de trabajadores. Incluso si tienes solo 5 empleados, las obligaciones rigen igual.

¿Qué pasa si no cumplo?

Las consecuencias son concretas y pueden acumularse:

⚠️ El despido del denunciante está especialmente protegido. Si un trabajador es despedido después de interponer una denuncia bajo la Ley Karin, se presume que el despido es una represalia, y la carga de la prueba recae en el empleador.

Por dónde empezar

Si tu empresa aún no ha implementado la Ley Karin, el orden lógico es:

  1. Designar a un encargado de prevención o contratar asesoría externa
  2. Elaborar o actualizar el protocolo de prevención
  3. Habilitar el canal de denuncia y comunicarlo a todos los trabajadores
  4. Actualizar el Reglamento Interno
  5. Capacitar a jefaturas y equipo de RRHH
Boletín semanal gratis

Recibe novedades legales útiles cada lunes

Un caso real, una norma explicada simple y un recurso descargable. Al suscribirte recibes el Pack Finiquito gratis.

Suscribirme al boletín →

¿Necesitas implementar la Ley Karin en tu empresa?

Te ayudamos a revisar tu situación actual y definir los pasos concretos para cumplir.

Agendar consulta virtual →

Nota legal: Este artículo es informativo y educativo. No constituye asesoría legal personalizada. Para tu caso específico, agenda una consulta profesional o escríbenos por WhatsApp.