Le cobró a su marido $50 millones del departamento y el auto. ¿Había prescrito?
Una mujer y un hombre se casaron en 2014 con separación total de bienes. Durante el matrimonio, ella pagó el pie de un departamento, dividendos, contribuciones y otros gastos del inmueble, y aportó para comprar un auto. En noviembre de 2022 lo demandó por reembolso: pidió $50.676.168. El divorcio quedó firme seis días después de que a él lo notificaran.
Él alegó que todo lo pagado antes de diciembre de 2017 estaba prescrito, y el juzgado le dio la razón: con separación de bienes, dijo, rigen las reglas comunes. Pero la Corte de Apelaciones aplicó el artículo 2509 del Código Civil: la prescripción se suspende siempre entre cónyuges, sin importar el régimen de bienes. Rechazó la prescripción y acogió toda la demanda. La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de fondo de él y rechazó el de forma, que alegaba que ese punto nunca se discutió: ella lo había planteado a tiempo. Lo resuelto quedó firme.
Para pensar: ¿Sabías que, mientras dura el matrimonio, el plazo para cobrarle a tu cónyuge puede no correr, aunque tengan separación de bienes?
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