Lo hacemos por ti
Tramitamos cambios de nombre y apellido ante el juez civil, desde la solicitud hasta la nueva inscripción.
- Revisamos la causal y las pruebas del nombre que se usa (documentos, testigos).
- Redactamos la solicitud y la presentamos ante el juez civil del domicilio.
- Seguimos la publicación del extracto en el Diario Oficial y el plazo de 30 días para oponerse.
- Te acompañamos hasta la nueva inscripción en el Registro Civil.
La atención es en línea, en todo Chile. Cada caso se revisa en particular antes de empezar.
Cuándo se necesita
Cuando tu nombre es ridículo o te perjudica, cuando te conocen hace más de 5 años por otro nombre, o quieres invertir tus apellidos o usar el de un abuelo. Es pedir que cambien tu inscripción de nacimiento (Ley 17.344, art. 1).
Qué necesitas
- Cédula de identidad vigente.
- Certificado de nacimiento.
- Pruebas del nombre que usas (documentos, testigos), si pides por uso.
- Partidas de matrimonio y de hijos menores, si los tienes (art. 4).
- No tener procesos penales pendientes ni ciertas condenas (art. 2).
Paso a paso
- ¿Solo invertir apellidos, siendo mayor de edad? Registro Civil, sin juez; respuesta en unos 45 días hábiles (Ley 4.808, art. 17 bis).
- Otros cambios: juez civil de tu domicilio, con abogado (art. 2).
- Extracto en el Diario Oficial: 30 días para oponerse (art. 2).
- Con la sentencia, nueva inscripción (art. 3).
Lo que conviene saber
- Es una sola vez: piénsalo bien (art. 1; Ley 4.808, art. 17 bis).
- Si cambias el apellido, alcanza a tus hijos menores (art. 4).
- Usar el nombre antiguo para eludir deudas u obligaciones es delito (art. 5).
Dato clave: El cambio de nombre o apellido se puede pedir una sola vez (Ley 17.344, art. 1).
¿Se puede hacer sin abogado?
Solo en un caso: si eres mayor de edad y únicamente quieres invertir el orden de tus apellidos, lo pides en el Registro Civil, sin juez (Ley 4.808, art. 17 bis). Los demás cambios se piden al juez civil de tu domicilio, con abogado (Ley 17.344, art. 2).
Honorarios
Honorarios: $400.000 en total.
Gastos adicionales, en caso de que correspondan (notaría, Conservador, receptor judicial u otros), no forman parte de los honorarios del estudio y se informan en la reunión.
Preguntas frecuentes
¿Se puede hacer sin abogado?
Solo en un caso: si eres mayor de edad y únicamente quieres invertir el orden de tus apellidos, lo pides en el Registro Civil, sin juez (Ley 4.808, art. 17 bis). Los demás cambios se piden al juez civil de tu domicilio, con abogado (Ley 17.344, art. 2).
¿Cuántas veces se puede cambiar el nombre o el apellido?
El cambio de nombre o apellido se puede pedir una sola vez (Ley 17.344, art. 1).
¿Cuánto cobran por este trámite?
Honorarios: $400.000 en total. Gastos adicionales, en caso de que correspondan (notaría, Conservador, receptor judicial u otros), no forman parte de los honorarios del estudio y se informan en la reunión.
¿Cómo es la atención?
En línea, en todo Chile: nos escribes por WhatsApp o agendas una videollamada de 30 minutos. Revisamos tu caso y, antes de empezar, te decimos qué se necesita y cuáles son los honorarios.
Base legal: Ley 17.344, arts. 1 a 5; Ley 4.808, arts. 17 bis y 17 quáter (DFL 1 de 2000, Justicia).
Para profundizar en una fuente oficial: ChileAtiende: Solicitud para el cambio en el orden de los apellidos · ChileAtiende: Cambio de nombre y/o apellido y rectificación de la partida de nacimiento.
¿Lo revisamos juntos?
Escríbenos con el mensaje ya listo o agenda una videollamada de 30 minutos.
Escribir por WhatsApp → Agendar videollamadaAviso legal: Contenido informativo: no constituye asesoría legal hasta que uno de nuestros abogados revise tu caso en particular.