Las raíces le costaron $1.750.000. En pleno juicio, la vecina cortó los árboles.
Dos árboles grandes del patio de al lado, pegados al cerco, le destruyeron parte de los cimientos de la casa: $1.750.000 en reparaciones. Reclamó a la vecina, nunca le respondieron, y recién entonces fue al tribunal.
Usó una acción que casi nadie conoce: el interdicto posesorio especial de obra ruinosa. Breve, sin juicio ordinario y sin esperar a que la casa se caiga.
La jueza rechazó la demanda: las fotos no tenían fecha cierta, los testigos no coincidían en cuántos árboles eran y la cotización del maestro era posterior a la reparación.
La Corte desarmó las tres. La testigo era vecina de años y sabía que había más de uno; el maestro solo conocía las raíces que causaban el daño. Y sobre la boleta: "es de ordinaria ocurrencia que los maestros carpinteros no hagan un presupuesto del trabajo que realizan".
El giro: durante el juicio la demandada cortó los árboles. En la inspección ya no estaban, y eso hundió la demanda abajo. Para la Corte, en cambio, la secuencia era coherente: ¿qué puede levantar un radier desde el suelo hacia arriba? Según las máximas de la experiencia, solo raíces.
¿Por qué cortar no bastó? Las raíces de un árbol cortado siguen creciendo: sin fotosíntesis, usan las reservas almacenadas y pueden persistir meses o años.
Ordenó desraizar a su costa en 30 días. Acordada por mayoría, con un voto en contra.
Lo que te sirve saber: por el artículo 942 del Código Civil puedes exigir que se corten las ramas que invaden y cortar tú mismo las raíces, aunque el árbol esté a la distancia legal.
Para pensar: ¿Tienes idea de dónde llegan las raíces del árbol de tu vecino?
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