Seis denuncias contra el pizza bar de al lado. Cinco eran suyas.
Compró un departamento y se mudó. A los cuatro meses empezaron los ruidos del local colindante: música alta, gritos y clientes, sobre todo entre las 21:00 y la madrugada.
Intentó primero por las buenas. Después denunció al juzgado de policía local y ganó: el local excedía la norma en 4 decibeles. También denunció a la autoridad ambiental, que hizo dos fiscalizaciones nocturnas con medición.
La defensa del local era sólida: patente y resolución sanitaria vigentes desde 2014, sin sumarios, mejoras de insonorización durante 2025, es un restaurante y no una discoteca, y lo que se oye son conversaciones de clientes. Invocó su derecho a desarrollar una actividad económica lícita.
Para la Corte de Apelaciones de Temuco, no importó. En ambas mediciones se registró una superación de 4 dB(A) sobre el límite nocturno, y la autoridad técnica calificó de insuficientes las medidas de mitigación. Persistir en un funcionamiento que supera la norma, después de eso, es una omisión ilegal y arbitraria.
También descartó el argumento de plazo: la contaminación acústica es un acto permanente y continuado, y el plazo se renueva con cada nueva perturbación.
Ordenó ajustarse a la norma, y que la Superintendencia y el municipio hagan fiscalizaciones periódicas e informen a la Corte cualquier incumplimiento.
Lo que te sirve saber: tener patente, resolución sanitaria y cero sumarios no autoriza a superar la norma. Y para quien reclama, el número de denuncias no decide nada: lo que decide es una medición.
Para pensar: ¿Sabías a qué organismo se denuncia el ruido de tu vecino?
Recibe novedades legales útiles cada lunes
Un caso real, una norma explicada simple y un recurso descargable. Al suscribirte recibes el Pack Finiquito gratis.
Suscribirme al boletín →¿Vives una situación parecida?
Cada caso tiene matices. Agenda una consulta online de 30 minutos y lo revisamos contigo.
Agendar consulta → Escribir por WhatsAppNota legal: Relato basado en una sentencia pública, sin nombres ni datos que identifiquen a las partes. Es contenido informativo: cada caso se resuelve según sus propios hechos y pruebas. Para tu situación concreta, agenda una consulta profesional.