TribunalC.A. de Temuco
RolRol 2275-2026
Fecha7 de agosto de 2026
MateriaProtección
ResultadoACOGIDO EN PARTE, sin costas

Seis meses sin ver a su hijo preso. ¿El motivo? Una crema facial.

A una mujer se le prohibió por seis meses el ingreso a un recinto penitenciario, lo que le impedía visitar a su hijo. El motivo: habría intentado ingresar una crema facial tipo sérum, para tratar la resequedad de la piel.

Se lo comunicaron solo de forma verbal, "desprovista de toda formalidad legal", según el recurso. No hubo resolución escrita.

Pidió dejar sin efecto la sanción. Y en subsidio —esto importa— reducir su duración.

La Corte de Apelaciones de Temuco le concedió a la institución el fondo: existía fundamento legal para la medida. El acto no es ilegal, y eso quedó zanjado.

Pero sí es parcialmente arbitrario, en un solo punto: su duración. Seis meses exceden lo estrictamente necesario para resguardar la seguridad. No la dejó sin efecto: la moderó a cuatro meses.

Hubo voto en contra, y es sólido: el reglamento penitenciario faculta al jefe del recinto para impedir el ingreso de quien intente introducir elementos no autorizados. No es una sanción penal sino una facultad administrativa de seguridad, ante una conducta objetivamente constatada y con criterio uniforme.

Lo que te sirve saber, aunque nunca pises una cárcel: pide siempre algo en subsidio. Lo principal se rechazó y lo subsidiario se acogió. Si solo hubiera pedido dejar sin efecto la sanción, habría perdido el recurso entero.

La proporcionalidad no es un adorno: permite ganar una parte cuando el fondo está perdido. Si la medida es legal, no pelees su existencia; pelea su intensidad, su duración o su alcance.

Para pensar: ¿Seis meses sin ver a tu hijo, por una crema?

Boletín semanal gratis

Recibe novedades legales útiles cada lunes

Un caso real, una norma explicada simple y un recurso descargable. Al suscribirte recibes el Pack Finiquito gratis.

Suscribirme al boletín →

¿Vives una situación parecida?

Cada caso tiene matices. Agenda una consulta online de 30 minutos y lo revisamos contigo.

Agendar consulta → Escribir por WhatsApp

Nota legal: Relato basado en una sentencia pública, sin nombres ni datos que identifiquen a las partes. Es contenido informativo: cada caso se resuelve según sus propios hechos y pruebas. Para tu situación concreta, agenda una consulta profesional.