TribunalCorte Suprema
RolRol 61.489-2024
Fecha25 de septiembre de 2026

Tres contratos a honorarios, 44 horas y un jefe. ¿Era trabajador?

Un profesional coordinó por casi dos años un programa de un gobierno regional. Tenía jornada, asistencia obligatoria y una jefatura que certificaba su trabajo.

Cuando lo separaron, contrataron a otro coordinador. Dos instancias dijeron que era un «cometido específico».

La Corte Suprema unificó: no era un cometido específico, era relación laboral.

Ordenó pagar las indemnizaciones del despido y las cotizaciones de cesantía.

Pero sin nulidad del despido y sin las cotizaciones que el propio contrato le dejaba a él.

Lo que te sirve saber: para la Corte, los honorarios en el Estado son para labores accidentales o puntuales. Lo demás es relación laboral.

Para pensar: ¿Tu contrato a honorarios describe un trabajo puntual, o el trabajo de todos los días?

Trámite relacionado: Despido injustificado: qué se puede cobrar y en qué plazo. Qué se necesita, el paso a paso y cómo lo hacemos.

Boletín semanal gratis

Recibe novedades legales útiles cada lunes

Un caso real, una norma explicada simple y un recurso descargable. Al suscribirte recibes el Pack Finiquito gratis.

Suscribirme al boletín →

¿Vives una situación parecida?

Cada caso tiene matices. Agenda una consulta online de 30 minutos y lo revisamos contigo.

Agendar consulta → Escribir por WhatsApp

Nota legal: Relato basado en una sentencia pública, sin nombres ni datos que identifiquen a las partes. Es contenido informativo: cada caso se resuelve según sus propios hechos y pruebas. Para tu situación concreta, agenda una consulta profesional.