TribunalC.A. de Temuco
RolRol 258-2025
Fecha30 de marzo de 2026
MateriaRecurso de hecho
ResultadoACOGIDO

Desconoció operaciones de su tarjeta por $1.109.720. Y el banco lo demandó a él.

Un cliente desconoció varias operaciones hechas el mismo día con su tarjeta de débito: $1.109.720. Y el banco lo demandó a él, atribuyéndole dolo o culpa grave: según el banco, la tarjeta con chip y clave secreta descartaba el fraude.

El juzgado de policía local rechazó la demanda del banco y le ordenó restituir los fondos. El banco apeló, y el tribunal le concedió la apelación.

Ahí el usuario hizo algo que casi nadie hace: dedujo un recurso de hecho, la vía para pedirle al tribunal superior que corrija el error cuando se concede una apelación contra una resolución que por ley es inapelable.

Y tenía razón. La ley de fraude con tarjetas remite estas causas al procedimiento de la ley del consumidor, que tiene una regla que decide el caso entero: las causas cuya cuantía no exceda de 25 UTM se tramitan en única instancia, y todas sus resoluciones son inapelables. $1.109.720 son unas 10 UTM. Muy por debajo.

La Corte de Apelaciones de Temuco declaró inadmisible la apelación y devolvió los antecedentes para cumplir el fallo. Sin costas, y explicó por qué: el banco ni siquiera compareció a defender su apelación.

Lo que te sirve saber: en consumo, el monto define la cancha. Bajo 25 UTM, lo que dice el juez de policía local es la última palabra, y una apelación concedida por error se tumba con un escrito. Revisa la cuantía antes de resignarte a una segunda instancia que no correspondía.

Para pensar: ¿Sabías que hay juicios en que la sentencia no se puede apelar?

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