Presentó un certificado de 90 días de reposo. Recibió una orden de detención.
Tenía audiencia de juicio el 1 de septiembre. Un certificado médico describía un cuadro grave —cardiopatía con infarto previo, insuficiencia cardíaca, hipertensión, diabetes y una neumonía que lo descompensó— con 90 días de reposo y la indicación de que asistir no era médicamente viable.
Su defensa avisó del certificado en la audiencia. La jueza preguntó si era licencia médica. Como no lo era, tuvo por injustificada la inasistencia y despachó orden de detención sin examinar su contenido. En su informe, sostuvo que el documento nunca se acompañó al sistema.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el amparo del artículo 21. La frase que hay que guardar: no ser una licencia formal no le quita valor a un certificado que da cuenta de un cuadro clínico grave y actual. El tribunal tenía, a lo menos, el deber de leerlo antes de resolver. Sin ponderar ni dar razones, la orden fue un acto ilegal contra la libertad personal.
Dejó sin efecto la orden de detención y mandó citar a una nueva audiencia. Sin costas.
Para pensar: ¿Puede un juez decidir sobre tu libertad sin leer lo que le llevaste?
Recibe novedades legales útiles cada lunes
Un caso real, una norma explicada simple y un recurso descargable. Al suscribirte recibes el Pack Finiquito gratis.
Suscribirme al boletín →¿Vives una situación parecida?
Cada caso tiene matices. Agenda una consulta online de 30 minutos y lo revisamos contigo.
Agendar consulta → Escribir por WhatsAppNota legal: Relato basado en una sentencia pública, sin nombres ni datos que identifiquen a las partes. Es contenido informativo: cada caso se resuelve según sus propios hechos y pruebas. Para tu situación concreta, agenda una consulta profesional.