TribunalCorte Suprema
RolRol 41.572-2025
Fecha29 de septiembre de 2026

Le pagaron 9 de 15 cuotas del finiquito. La empresa quebró. ¿Y el resto?

Después de once años en una fábrica, un trabajador firmó un finiquito por vacaciones e indemnización, pagadero en 15 cuotas. La empresa pagó nueve y terminó en liquidación. Él pidió cobrar el saldo con la preferencia del número 5 del artículo 2472, que reclamaba para las vacaciones.

La liquidadora imputó las nueve cuotas a las vacaciones: así, lo que faltaba era solo indemnización, con otra preferencia. Dos instancias dijeron que esa imputación llegaba tarde. La Corte Suprema dijo que la ley no fija plazo para imputar un pago: el saldo es indemnización y cobra con la preferencia del número 8, hasta su tope. Sigue siendo acreedor; lo que cambió fue la preferencia con que cobra.

Para pensar: ¿Tu finiquito en cuotas dice a qué concepto se imputa cada pago?

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