Le pagaron 9 de 15 cuotas del finiquito. La empresa quebró. ¿Y el resto?
Después de once años en una fábrica, un trabajador firmó un finiquito por vacaciones e indemnización, pagadero en 15 cuotas. La empresa pagó nueve y terminó en liquidación. Él pidió cobrar el saldo con la preferencia del número 5 del artículo 2472, que reclamaba para las vacaciones.
La liquidadora imputó las nueve cuotas a las vacaciones: así, lo que faltaba era solo indemnización, con otra preferencia. Dos instancias dijeron que esa imputación llegaba tarde. La Corte Suprema dijo que la ley no fija plazo para imputar un pago: el saldo es indemnización y cobra con la preferencia del número 8, hasta su tope. Sigue siendo acreedor; lo que cambió fue la preferencia con que cobra.
Para pensar: ¿Tu finiquito en cuotas dice a qué concepto se imputa cada pago?
Trámite relacionado: Despido injustificado: qué se puede cobrar y en qué plazo. Qué se necesita, el paso a paso y cómo lo hacemos.
Recibe novedades legales útiles cada lunes
Un caso real, una norma explicada simple y un recurso descargable. Al suscribirte recibes el Pack Finiquito gratis.
Suscribirme al boletín →¿Vives una situación parecida?
Cada caso tiene matices. Agenda una consulta online de 30 minutos y lo revisamos contigo.
Agendar consulta → Escribir por WhatsAppNota legal: Relato basado en una sentencia pública, sin nombres ni datos que identifiquen a las partes. Es contenido informativo: cada caso se resuelve según sus propios hechos y pruebas. Para tu situación concreta, agenda una consulta profesional.