Su auto de $31.990.000 salió defectuoso. Le querían descontar un 10% por usarlo.
Compró un vehículo de $31.990.000, elegido por su tecnología y seguridad. A menos de un año empezó a dar señales constantes de desperfectos.
El peritaje encontró dos fallas: problemas de incendio derivados del sistema start-stop, y una falla en el enfriamiento del motor. Y una frase decisiva: "de no haber detenido el motor, se habría producido recalentamiento y posterior fallo catastrófico".
Ganó en primera instancia. El proveedor apeló alegando infracción a las reglas de la sana crítica. La Corte de Apelaciones de Temuco le respondió que hay "una legítima divergencia", y que nada aportó para desvirtuar "una probanza cardinal": el peritaje.
El consumidor también apeló, y ganó en lo que importa.
Se devuelve el precio total, con impuestos, no el valor neto. Esos tributos formaron parte del sacrificio patrimonial efectivamente soportado, y limitar la devolución "importaría trasladar al consumidor las consecuencias de la comercialización de un producto defectuoso".
Y la más útil: no procede el descuento del 10% por uso. El bien fue declarado defectuoso por causa imputable al proveedor; descontar por el uso "importaría imponer al consumidor una carga derivada precisamente del incumplimiento".
No le subieron el daño moral ni le dieron las costas. Ganó dos de cuatro.
Lo que te sirve saber: si te resuelven una compra por producto defectuoso, te devuelven lo que pagaste, con impuestos y sin descuento por el tiempo que lo tuviste. Y el peritaje es la prueba que manda.
Para pensar: ¿Te parece justo que te descuenten por usar un producto que salió malo?
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